Suministrarle a un menor de edad vapeadores o cigarros electrónicos ya es delito en Nuevo León.
El 11 de octubre se publicó en el Periódico Oficial del Estado una reforma al Código Penal que incluye como supuesto de corrupción de menores o personas privadas de la voluntad el inducir, incitar, suministrar o propiciar, además del tabaquismo, el “uso de dispositivos inhalantes que contengan nicotina”.
Este delito tiene pena de prisión de 4 a 9 años, y multa de 600 a 900 cuotas, es decir, unos 62,244 a 93,366 pesos.
En caso de que quien cometa este delito sea uno de los padres, abuelos, o quien tenga la custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado, y habite en la misma casa que el menor, la pena aumentará al doble.
Otras conductas que también se consideran corrupción de menores incluyen el uso de sustancias como el alcohol, la facilitación de trastornos sexuales o depravación, incitación a cometer delitos, a la mendicidad, o el uso de máquinas de juegos de azar.
De acuerdo con una investigación del Instituto Nacional de Salud Pública (INSP) de la Secretaría de Salud que incluyó encuestas a 10 mil adolescentes en todo el país, 1 de cada 10 refirió haber probado al menos una vez los cigarrillos electrónicos.
El 20 por ciento de los menores encuestados consideró menos dañino el uso de estos dispositivos que el cigarro convencional, aunque no existe información científica relevante que confirme su menor peligrosidad.